Mantén tu sociedad en funcionamiento sin contratiempos siguiendo este proceso claro y detallado para solicitar la prórroga o reconducción de tu SRL. Aquí encontrarás toda la información necesaria, desde los requisitos hasta los pasos a seguir para asegurar una transición fluida y conforme a la Ley Nº 19.550
Prórroga
Se requiere acuerdo unánime de todos los socios, salvo que se disponga lo contrario. La solicitud de prórroga debe hacerse antes del vencimiento del plazo de duración de la sociedad.
Reconducción
Puede acordarse siempre que no se haya inscrito el nombramiento del liquidador, manteniendo las responsabilidades según el Art. 99. Cualquier acuerdo de reconducción debe ser adoptado por unanimidad.
1. Nota de Solicitud
Presentar Nota por duplicado dirigida al Inspector General de Personas Jurídicas. Detallando lo que se solicita, la prórroga o reconducción.
Incluir nombre de la sociedad, domicilio legal y real, correo electrónico, teléfono de contacto, y datos de la persona autorizada para el trámite.
Firmada por un socio o persona autorizada.
2. Documentación Adjunta
- Acta de Reunión o resolución social que aprueba la prórroga o reconducción.
- Firmas originales certificadas por Escribano Público, o ratificadas personalmente en la IGPJ.
Contenidos del acta:
-Razones de la prórroga o reconducción, nuevo plazo, y designación de gerente.
-Transcripción y actualización del artículo del contrato sobre la duración.
-Aprobación de la reforma del contrato.
-Confirmación del cumplimiento de formalidades de convocatoria o citación de socios.
Certificación de Firmas:
Si se certifican firmas en la Inspección General de Personas Jurídicas, todos los socios y el gerente deben acudir con DNI.
Abonando una tasa por cada firma certificada (FALTA LINK PARA PAGAR TASAS)
3. Texto Ordenado del Contrato
Presentar texto actualizado del Contrato con el sellado correspondiente de la Agencia de Recaudación Tributaria
4. Publicación de Edictos
Presentar Edicto para su publicación en el Boletín Oficial por un día (Art. 10, Ley Nº 19.550). Presentar 2 copias del edicto para confronte, firma y sello antes de su publicación.